De qué trata la llamada “Ley Seca”

Por: Luis Roberto Peralta Hernández

En días pasados los Estados de México y Coahuila de Zaragoza se llevaron a cabo elecciones para Gobernador de cada uno de ellos, siendo el caso del EDOMEX para elegir por primera vez a una mujer quien ocupará tan importante cargo público.

A consecuencia de lo anterior y haciendo referencia a lo que determinada la legislación local del Estado de México que es el Código Electoral en el artículo 348 sostiene:

Artículo 348. …

El día de la elección y el precedente, queda prohibida la venta de bebidas embriagantes, en las unidades económicas cuya actividad principal sea esa. Se exceptúa de dicha prohibición, los restaurantes cuya actividad principal sea la venta de alimentos preparados, y en su caso, como actividad complementaria la venta de bebidas alcohólicas.

Algunas personas, entre ellas quienes se ostentan como parte de la corriente “libertaria”, que de ser posible y me acompañan con su lectura abordaré en una próxima colaboración, sostienen que la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas limita el libre albedrío de las personas y que carece de sentido propiamente desde su origen pero sobre todo su permanencia dentro las sociedades actuales, pero ¿sabe en qué consiste?

La denominada “ley seca” de manera general consiste en la prohibición de la venta de bebidas embriagantes o cuyo volumen de alcohol altere o afecte el ejercicio normal de las funciones racionales del ser humano a partir de circunstancias específicas como pueden ser en un lugar determinado, por un periodo de tiempo o por la edad de las personas. En sus orígenes, la ley seca o ley de prohibición que tuvo su auge a principios del siglo XX en los Estados Unidos de Norte América incluía también la fabricación, transporte, almacenamiento, importación, exportación y venta de este tipo de bebidas.

Dentro de los primeros antecedentes de éste polémica medida encontramos que, en varios países sobre todo cuya religión predominante era la protestante, comenzaron a imponer ciertas medidas que buscaban limitar el consumo ya que, si bien aún no eran como tal prohibitivas, si buscaban frenar algunas de las consecuencias que el abuso de las bebidas embriagantes generaban, tal como ocurrió en Inglaterra a principios del siglo XVIII donde se buscaba mayor apego a la religiosidad alejándose del vicio del alcohol bajo un movimiento que se denominó “movimiento por la templanza”.

Así, en 1898 en Canadá se realizó en referéndum relacionado con este tema en el que las provincias no lograron ese consenso por lo que se dejó a cada una pronunciarse al respecto, dato por demás trascendente para lo que ocurría más adelante en la frontera con Estados Unidos.

Fue en 1920 cuando entró en vigor la 18va enmienda a su Constitución, la cual fue conocida como la Ley Volstead en la cual se imponían penas que podían llegar a la prisión así como el cierre de hasta un año para cualquier establecimiento que estuviera involucrado en el consumo de bebidas embriagantes, lo cual trajo como consecuencia la proliferación de lugares que, de manera clandestina producía y vendía estos productos creando un mercado ilegal que fue sumamente productivo para el crimen organizado. Esta ley fue derogada en cuando accedió al ejercicio del poder como Presidente de esa nación Franklin D. Roosevelt.

En nuestro país, durante el periodo en los albores del movimiento revolucionario, se buscaron implementar algunas normas relacionadas con este tema, fue así como, durante el breve periodo de gobierno de Francisco I. Madero se trató de disminuir el consumo de bebidas alcohólicas entre ellas el pulque situación por demás complicada ya que además de la trascendencia cultural e histórica de esta bebida desde la época prehispánica, constituía aproximadamente la quinta parte del erario público.

Durante las discusiones del Congreso Constituyente en la ciudad de Querétaro en 1917 se debatió acerca de la necesidad de la regulación de la comercialización y el consumo de bebidas alcohólicas a través del texto constitucional incluso analizando lo relativo a su prohibición, contando con dos posturas opuestas, algunos de los congresistas sostenían que el consumo de ellas necesariamente tenía que ser regulado derivado de los problemas de salud y sociales que no sólo afectaban al consumidor sino a terceros además de que constituía una empresa que podría afectar a la economía nacional; por el otro lado había quienes sostenían que la esencia del texto que se estaba proponiendo pugnaba por el ejercicio de las libertades individuales.

En la actualidad, de acuerdo con las legislaciones locales y municipales, más allá de acontecimientos como lo son las elecciones para los distintos cargos, existen disposiciones referentes a la limitación de venta de bebidas en ciertos días o en ciertos horarios como por ejemplo los días domingos después de las 16:00, simplemente por citar un ejemplo.

De ahí que surge el debate acerca de que si bien, las características del Estado Mexicano y del gobierno en sí, tiene tintes paternalistas, donde queda la libertad personal y la necesidad del reconocimiento de la responsabilidad de las personas más allá de la sobreprotección que se tiene por parte de las autoridades por “nuestro bien”.

Este pareciera un tema menor sin embargo de acuerdo con lo descrito anteriormente y en atención a la evolución histórica del tema y que fue descrito en párrafos antecedentes dentro de la presente colaboración, queda como tema sobre la mesa para el debate acerca de la controvertida idea de la legalización de las drogas como si por decreto de una ley se pudiera terminar con los vicios o se solucionaran los graves problemas de salud que aquejan a la sociedad o por lo menos convirtiera a los ciudadanos en personas responsables. Como siempre tiempo al tiempo.

“Todos los vicios, cuando están de moda, pasan por virtudes.”

Jean-Baptiste Poquelin “Moliere”

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