Los seguros y las aseguradoras

(Primera Parte)

Por: Luis Roberto Peralta Hernández

Muy probablemente todos hemos escuchado algo relacionado con conceptos tales como seguro, aseguradora, deducible, póliza, entre otros de los conceptos que son afines a éste importante tema que como todo, tiene su regulación jurídica.

Como es bien sabido, en la actualidad existen un sinfín de seguros que podemos adquirir con diferentes empresas y que, a partir de hace algunos años, incluso los bancos han entrado en éste segmento, algunos de ellos incluso, han sido considerados como obligatorios en algunas legislaciones, por ser casi considerados como necesarios para el desarrollo de las actividades del hombre.

Dentro de los más comunes encontramos los seguros de autos, de vida, de gastos médicos, entre muchos otros que, tanto unos como otros cuentan con diferentes cláusulas y características que incluso son realizados en algunos casos, de manera casi personalizada de acuerdo con las necesidades del asegurado.

El objetivo de la presente colaboración es sentar las bases de los seguros de manera general, siendo motivo de futuras colaboraciones, el tratar de explicar a grandes rasgos en que consiste cada uno de ellos, los elementos comunes y las coberturas que como concepto que se incluye en ellos, es decir que, quizás todos hemos tenido la llamada póliza de un seguro en nuestras manos y refiere ahí conceptos jurídicos que probablemente no conocemos, pero que es necesario saber para comprender qué y hasta dónde abarca, hasta donde nosotros, nuestros bienes y derechos se encuentran protegidos, pero como mencioné ese, será motivo de otro momento dentro de éste espacio por ahora, considero importante, dar un vistazo a la historia para comprender el ¿Por qué? Y cómo surgen los seguros y las aseguradoras, sin duda un tema sumamente interesante, ojalá sea de su agrado.

Como ya ha sido detallado en anteriores colaboraciones, el ser humano posterior a lograr el sedentarismo, comenzó con un periodo a través del cual, se conformaron los primeros grupos de familias que se convirtieron en aldeas, villas, poblaciones, ciudades etc. Sin embargo, en los primeros e incipientes grupos, derivados de los lazos que les unían como grupos de familias, cuando alguna de ellas caía en el desamparo por cualquier situación, los miembros de las otras asumían la responsabilidad del cobijo de ellos por determinado tiempo, siendo esta solidaridad, a decir de algunos autores, el probable antecedente más remoto de ésta figura jurídica.

La historia de los seguros es sumamente interesante, existen historiadores que sostienen que el primer antecedente de ellos lo encontramos con el surgimiento de la civilización Babilónica, siendo ésta reconocida como la primer cultura de la cual se tiene registro, a partir del surgimiento de su escritura cuneiforme de la que hasta la fecha hay vestigios. Dentro de esta cultura, que es el parte aguas de la historia de la humanidad, existió el denominado “Préstamo a la Gruesa”. Este se presentaba cuando una persona física prestaba dinero a otra por el valor de ciertos objetos que llevara en sus mercancías el cual, cubría cualquier contingencia imprevista. Según el acuerdo con el que se entraba a formar parte del grupo para esta figura, se podía reponer desde una nave a un animal muerto, incluso cubría una posible indemnización a la esposa en caso de que su cónyuge falleciera.

Más adelante en la historia dentro de la cultura griega, existían gremios como el de los artesanos que de manera periódica, cada uno de los miembros entregaba cierta cantidad, la cual era utilizada una vez que fallecía para costear sus servicios funerarios, del mismo modo dentro de esta cultura existía un acuerdo entre todos los comerciantes marítimos para que, en el caso de que las mercancías tuvieran que ser lanzadas por la borda para evitar el hundimiento del navío, todos ellos se repartían de manera proporcional las pérdidas económicas.

En la época de las cruzadas cuyo inicio fue alrededor de 1096, la figura del llamado de préstamo de gruesa o a la gruesa se siguió empleando con algunas ligeras modificaciones, por ejemplo, la carga que era transportada por vía marítima o por tierra, podía ser asegurada mediante una prima fija que cubría robo, incendio.

Con la búsqueda de nuevas rutas para el traslado de mercancías y el auge del comercio, fue en Italia donde en 1347 surge como tal el primer contrato de seguro marítimo al proteger a la embarcación “Santa Clara”, el cual viajaría de Génova a Mallorca en España, el cual aún se conserva en su original redacción en italiano.

En 1687 cerca de los muelles de Londres en Inglaterra, el señor Edward Lloyd abrió un café, que con tiempo se volvió popular en él, que los comensales platicaran de manera recurrente todo lo relacionado con los barcos, las embarcaciones, los tripulantes y las mercancías que transportaban, si llegarían o no a su destino e incluso cuáles serían las pérdidas que tendrían.

Para avivar las pláticas y garantizar la asistencia de los asiduos asistentes, el propietario creó un boletín al que se le conoció como la “lista de Lloyds” en ella, se describía cuáles eran las embarcaciones próximas a salir o llegar, la mercancías que traían o salían y comenzaron a realizar apuestas sobre ellos, poco tiempo después, había hombres acaudalados que “protegían o blindaban” las apuestas en las que firmaban documentos en los que se detallaba a lo que estaban obligados cada parte. Cierto tiempo después y gracias al conocimiento del tema se fundó la que ahora lleva por nombre Lloyds Insurance Company S. A. siendo de una de las empresas aseguradoras y de fianzas más grande a nivel mundial y de mayor antigüedad en el mercado.

En nuestro país, como es bien sabido, durante la época de la Colonia se seguía las regulaciones que operaban en España, incluso posterior a la independencia, gran parte de las instituciones jurídicas seguían operando. Fue hasta 1870 cuando el Código Civil contempló el contrato de Seguro, en 1892 se promulga la primera ley que se encargaba de regular de manera específica a las compañías de seguros y para 1897 se funda la primera Asociación Mexicana de Agentes de Seguros Contra Incendios.

En la actualidad, se puede considerar que por contrato de seguro podemos entender, aquel por medio del cual una parte denominada aseguradora se obliga a indemnizar o a realizar otras prestaciones, dentro de los límites que se pacten, a otra persona llamada persona asegurada a cambio de una contraprestación económica (denominada prima), en el caso de que se llegara a producir un acontecimiento futuro de realizar cierta o incierta objeto de la cobertura.

Al documento en el que se formaliza el contrato de seguro se denomina póliza.

Como pudimos advertir, así como la invitación que le hago hacia la reflexión estimado lector, desde sus orígenes, los seguros y la actividad de las aseguradoras, ha estado sumamente ligada al azar, a la probabilidad o posibilidad de que un determinado hecho ocurra o bien tratar de saber cómo o cuándo ocurrirá, o quizás en el mejor de los casos, esperando a que no ocurra.

Como mencioné al principio de la presente colaboración, en subsecuentes oportunidades dentro del mismo espacio, ahondaré un poco más acerca de los tipos de seguros que contempla la legislación mexicana, los alcances o en qué consisten las principales coberturas, buscando que usted estimado lector, tenga la oportunidad de entender mejor el alcance en los seguros que tenga contratados así como lo que abarca en la protección de sus bienes y su persona. ¿Qué son los daños materiales? ¿Qué es la responsabilidad civil?, ¿Qué es el deducible?, espero poder contar con el placer de su lectura.

 “Un seguro es mejor tenerlo sin necesitarlo, que necesitarlo y no tenerlo: ¿Será cierto?”

Reflexión de autor desconocido

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