Una visión jurídica de la Independencia de México

Por: Luis Roberto Peralta Hernández

A últimas fechas ha estado en la mayoría de las pláticas de sobremesa, algunos programas y círculos especializados, la discusión acerca de la decisión del gobierno acerca de retirar algunas estatuas y monumentos relacionados con la historia de nuestro país, por ejemplo, la estatua ubicada en Paseo de la Reforma dedicada a Cristóbal Colón desde el siglo XIX, lo cual, no es motivo de la siguiente aportación, sino el deseo de su servidor por lograr identificar la trascendencia histórica de ciertos personajes y momentos específicos del pasado que, de manera necesaria influyeron y forman parte de nuestra vida actual.

A partir del descubrimiento de América por parte del viajero Genovés el 12 de octubre de 1492, quien obtuvo patrocinio para su viaje por parte de la Corona Española y posteriormente con la intervención de personajes como Hernán Cortés se comenzó con el proceso de colonización de los territorios del nuevo continente.

Poco a poco los ejércitos españoles fueron ganando territorios a partir del sometimiento de los distintos grupos que originariamente estaban asentados en éste continente, dicho proceso histórico de “colonización” trajo consigo, entre otras cosas, la implementación de costumbres, tradiciones, religión y lógicamente leyes, procedimientos e instituciones que permitieran crear las condiciones de gobernabilidad en los territorios que fueron conquistados en nombre de los reyes de España.

A partir del triunfo de Hernán Cortés y sus huestes comenzó un periodo en la historia que se denominó la conquista que, una vez consumada, provocó la imposición formal de instituciones y “leyes” que sirvieron para regular la vida del que se llamó Virreinato de la Nueva España.

Durante el periodo de la Colonia, periodo de alrededor de 300 años, existieron la denominadas Cédulas Reales, que eran disposiciones emitidas directamente por el Rey con la finalidad de intervenir y poder solucionar, o prevenir, un posible conflicto jurídico.

En éste periodo de la historia, como podemos apreciar, si bien, eran aplicadas de manera directas las leyes y disposiciones que regían en la península ibérica, surgieron otras cuya finalidad, era regular todo lo que ocurría en el nuevo continente, entre ellas encontraremos las denominadas Leyes de Indias.

Dentro de las principales características de éstas normas encontramos que, derivado del reconocimiento de parte del Papa hacia la Corona Española como titulares de los derechos y frutos del nuevo continente, se vislumbraba la necesidad de la evangelización, además de buscar garantizar determinados derechos “en favor” de los nativos de la región, situación tal que en la realidad nunca ocurrió, entre otras disposiciones que buscaban regular lo que acontecía en éstos territorios.

Así transcurrieron cerca de 300 años de la Colonia en la Nueva España, en la que, los constantes abusos y desigualdades se hacían cada más patentes, no sólo con respecto a los “nativos” sino además entre todas y cada una de los distintos estratos sociales que surgieron a partir del mestizaje, que derivado de sus características propias, gozan de más o menos derechos con relación a los llamados Españoles Peninsulares.

Mientras en los territorios del Nuevo Continente se desarrollaba la época de la Colonia, en Europa surgía entre muchos fenómenos sociales, el Renacimiento y la gestación no sólo de nuevas corrientes artísticas sino una revolución filosófica que tambaleó a la mayoría de las monarquías, entre ellas la francesa.

Los revolucionarios franceses, a partir de las ideas de autores como Rousseau, Montesquieu, John Locke entre muchos otros autores, identificaron la necesidad de que, por un lado se lograra el reconocimiento de los derechos básicos y fundamentales; por el otro, el abolir a la monarquía como forma de gobierno.

Es innegable considerar a la Revolución Francesa (1789) y la independencia de los Estados Unidos (1776) como antecedentes directos e influencia para el movimiento independentista de nuestra nación.

Fue la madrugada del 15 de Septiembre de 1810, cuando el Cura Hidalgo a través del llamado Grito de Dolores quien dio inicio al movimiento armado que tuvo como resultado la independencia de nuestro país.

Uno de los primeros actos realizados por parte del Hidalgo fue la liberación de los presos, hecho que hasta el día de hoy se conmemora por parte de las autoridades de los distintos órdenes de gobierno quien, en el ejercicio de sus competencias conmemora ese significativo hecho cada año dejando en libertad a personas que están privados de su libertad.

Con el paso de los años, las distintas fracciones en que se dividió el movimiento armado en nuestro país fueron creando normas jurídicas y “leyes” en los territorios que iban consiguiendo sin lograr una homogeneidad en los mismos.

Uno de los más significativos fue el discurso emitido por José María Mores y Pavón el 14 de Septiembre de 1813, con ideas influenciadas por la Revolución Francesa y que además, sirvió como base para la denominada Constitución de Apatzingán que, si bien es cierto nunca entró en vigor si es considerado como el antecedente más cercano a la primera constitución expedida por nuestro país el 22 de Octubre de 1814 y que constaba de 242 artículos y se encontraba dividida en dos partes una que consagraba los principios o elementos constitucionales y la otra que determinaba la forma de gobierno.

Los primero ápices de la culminación de la independencia de nuestro país se presentaron a la Firma del Tratado de Córdova el 24 de Agosto de 1821 en él, Agustín de Iturbide y el General Don Juan de O´Donojú, en el que se reconoce la soberanía mexicana y se sientan las bases de la organización de la nueva nación y el instrumento jurídico que fue utilizado, hasta en tanto se conformó el primer congreso constituyente.

Algunos miembros leales a la Corona Española se opusieron al contenido de los tratados siendo replegados hasta Veracruz en donde zarparon de regreso a España, posteriormente a ello, Agustín de Iturbide se dirigió a la Ciudad de México haciendo la famosa entrada del Ejército Trigarante el 27 de Septiembre de 1821, con lo que se dio por consumada la independencia de nuestra nación, es por lo cual a quienes comentan, con justa razón, que la fecha de conmemoración de independencia de nuestro país debe ser ese día y no el 16.

Una vez “lograda” la consumación de la independencia de nuestro país, surgió la pregunta ¿Qué hacemos ahora?

Pues bien de 1821 a 1824 no se lograba una real organización entre las distintas fracciones que seguían en luchas internas tanto bélicas como ideológicas, inestabilidad política y formas de pensar divergentes, entre las que se encontraban por ejemplo, Agustín de Iturbide quien deseaba que nuestro país se estableciera como una monarquía.

Tratando de unificar y lograr la estabilidad de la incipiente nación, se instauró un gobierno provisional que convocó a un Congreso Constituyente que, el 31 de Enero de 1824 firma el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, con una marcada influencia de la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787, por ende el corte federalista que no necesariamente era acorde con la realidad de nuestro país (y que si se me permite abordaré en una colaboración posterior).

A partir de las labores del Congreso Constituyente con la firma del Acta Constitutiva de la Federación Mexicana, comenzaron las labores para el análisis, discusión y redacción de la primera Constitución de nuestro país, la cual, fue aprobada el día 3 de Octubre, promulgada el 4 y publicada el día 25 del mismo mes y que llevara por título Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, la cual constaba de 171 artículos que se agrupaban en 7 Títulos y que comenzaron a regular la vida jurídica de nuestra nación y que de cuyo texto todavía al día de hoy en nuestra constitución vigente, encontramos algunos principios que se contemplan.

Las Constituciones, desde aquella de 1824 hasta la que al día de hoy nos rige, es el fruto de nuestra historia, la cual no es posible analizar desde una perspectiva separatista, es decir, que la Constitución como al igual que todas las leyes que rigen a un país, cuentan con una historia, un pasado, un porqué y que además, son el testimonio de nuestros anhelos, preocupaciones, el retrato de quienes somos, adonde queremos ir y son la resultante de nuestro ser como nación, es consecuencia un producto cultural, que tiene la narrativa y forma de hablar de nuestro pueblo, el cual no puede estar alejado del mestizaje, de la influencia de cada uno de los ciudadanos del mundo que han hecho de México su casa y que sin lugar a dudas han dejado su huella, la cual no puede ni debe ser borrada por un simple capricho. México somos todos.

“Quien no conoce su historia está condenado a repetirla”

Jorge Agustín Nicolás Ruíz de Santayán y Borrás

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